¿Tienen audiencia todos los solicitantes?

La IRB-RPD resuelve algunas solicitudes de asilo sin audiencia o con una audiencia breve. Esto se denomina «proceso de solicitudes menos complejas». La IRB-RPD puede identificarle para este proceso si:

  • las solicitudes como la suya o de su país suelen ser aprobadas,
  • es fácil averiguar su identidad,
  • las pruebas sobre los riesgos que enfrenta son claras y directas, y
  • es poco probable que surja algún problema complicado.

La IRB-RPD puede decidir que:

  • no es necesaria una audiencia para aprobar su solicitud de asilo, o
  • solo se necesita una breve audiencia para tomar una decisión sobre su solicitud.

Solicitudes que se resuelven sin audiencia

Si la IRB-RPD considera que su solicitud puede decidirse sin una audiencia, le enviarán un aviso de que su solicitud está en el proceso de revisión de expedientes (FRP). En este aviso, la IRB-RPD le pedirá a usted o a su representante que envíen cualquier otra prueba que tengan. También deberá firmar un formulario de confirmación y devolverlo junto con las pruebas.

Una vez que la IRB-RPD reciba su formulario, revisará su caso. Después, la IRB-RPD hará una de las siguientes cosas:

  • Aceptar su solicitud sin audiencia. Usted o su representante legal recibirán una Notificación de Decisión en la que se indica que se aceptó su solicitud, o
  • Decidir que es necesaria una audiencia o una vista breve para tomar una decisión sobre su solicitud. Recibirá una carta con los detalles de su audiencia.

Las solicitudes que pueden tener una audiencia breve

Una audiencia típica dura entre 3 y 4 horas, mientras que una audiencia breve dura solo de 1 a 2 horas. La IRB-RPD puede ofrecerle una audiencia breve si:

  • la mayoría de las solicitudes de su país se aceptan o NO se aceptan (es decir, tienen tasas de aceptación muy altas o muy bajas),
  • su solicitud solo tiene uno o dos temas importantes que tratar, y
  • no hay cuestiones complicadas en su solicitud.

Si la IRB-RPD considera que su solicitud puede resolverse en una audiencia breve, le enviará un Aviso de comparecencia especial. Si usted cree que su audiencia necesitará más de dos horas, solicite una audiencia más larga de inmediato y explique por qué. Si la IRB-RPD está de acuerdo, le concederá una audiencia más larga el mismo día o en una fecha posterior.

Las solicitudes que no pueden tener una audiencia breve

Su solicitud no podrá resolverse con una audiencia breve si:

  • Un Asesor del Ministro quiere intervenir para oponerse a su solicitud en su audiencia
  • La IRB-RPD ha comunicado al Ministro que podría haber un problema grave con su solicitud.