¿Quién asistirá a su audiencia de asilo?

Las audiencias de asilo son privadas y no están abiertas al público. Solo determinadas personas pueden asistir a su audiencia:

El comisionado de la IRB-RPD

La persona que toma la decisión en su audiencia se llama comisionado. Un comisionado de la IRB-RPD dirige la audiencia y decide aceptar o rechazar su solicitud de asilo. Se espera que el comisionado le trate con respeto y cuidado. El comisionado lee su formulario BOC y examina todas sus pruebas antes y durante la audiencia. Le hará preguntas durante la audiencia para ayudarle a tomar una decisión sobre su solicitud de asilo.

Representante legal

Su representante legal puede ser un abogado, un asesor de inmigración o un representante sin honorarios. En Quebec, puede representarle un notario público o, en Ontario, un asistente legal (paralegal).

Mientras el comisionado le hace preguntas en la audiencia, su representante legal puede explicarle cosas. Su representante legal no puede responder a las preguntas por usted. Usted debe estar preparado/a para responder personalmente al comisionado. Su representante legal tendrá la oportunidad de hacerle preguntas, pero normalmente deberá esperar hasta que el comisionado haya terminado.

Al final de la audiencia, su representante legal puede presentar al comisionado un resumen de su solicitud. Esto se denomina «exposiciones». Las exposiciones se pueden dar al comisionado durante la audiencia, o su representante legal puede escribirlas y enviarlas a la IRB-RPD después de su audiencia.

El asesor de Ministros

El asesor de Ministros es un empleado de la CBSA  o del IRCC. No interviene en todas las solicitudes de asilo. Intervendrá si quiere argumentar en contra de su solicitud de asilo. Si interviene, es porque tiene preocupaciones:

  • sobre quién es usted o sobre sus documentos,
  • de que no está diciendo la verdad, o
  • de que usted es un delincuente o pertenece a una organización terrorista.

Usted sabrá si el asesor del Ministro va a intervenir en su demanda. Antes de la audiencia, el asesor del Ministro le enviará a usted o a su representante legal una Notificación de Intervención. En ese aviso le explicarán cómo y por qué intervendrán. Ahí también se indicará si acudirán a la audiencia o si se limitarán a enviar documentos. Debe recibir la notificación al menos diez días antes de la audiencia. Léala atentamente y prepárese para hablar sobre ella. Si en la audiencia está presente un asesor del Ministro, es probable que le haga preguntas.

Intérprete

La función del intérprete es asegurarse de que todos se entiendan con claridad. Aunque usted entienda inglés o francés, es una buena idea contar con un intérprete para evitar errores. Los intérpretes del IRB no comparten información sobre usted o su demanda con nadie fuera de la sala de audiencias.

La IRB-RPD le conseguirá gratuitamente un intérprete profesional en su idioma y dialecto. Si no explicó que quería un intérprete en su formulario BOC, aún puede pedirlo. Escriba a la IRB-RPD diez días o más antes de su audiencia para solicitar uno.

Puede solicitar un intérprete de un género específico o del mismo género que usted si se siente más cómoda/o así. Por ejemplo, si su solicitud de asilo se basa en algo delicado que le ocurrió a usted y le resultaría más fácil tener un intérprete del mismo sexo que usted, hágaselo saber a la IRB-RPD.

Testigos

Puede asistir a la audiencia con testigos que hablen de su solicitud de asilo. Un testigo es una persona que puede confirmar lo que le ha ocurrido. Puede estar en Canadá o en otro país. Un testigo también puede ser un experto en temas relacionados con su solicitud de asilo.

Elija cuidadosamente a sus testigos con la ayuda de su representante legal. Asegúrese de prepararlos antes de la audiencia. Avise a sus testigos que lo que digan debe ser cierto.

Si desea invitar a un testigo a su audiencia, usted  o su representante legal deberán escribir a la IRB-RPD (y al asesor del Ministro si es necesario) diez días o más antes de la audiencia. Entrégueles:

  • El nombre de su testigo
  • Una breve explicación del motivo de su intervención
  • Su relación con el testigo
  • Cuánto tiempo cree que hablarán

Observadores

Puede invitar a uno o más observadores a su audiencia de refugiados para recibir apoyo emocional. Puede ser una amistad, un familiar o un miembro de su comunidad.

En su audiencia, el comisionado pide a los observadores que digan quiénes son. Durante la audiencia, los observadores no pueden hablar y deben guardar silencio. Tampoco pueden actuar como testigos.

Sus hijos menores de 18 años

Si tiene hijos mayores de 18 años, deben acudir a la audiencia de asilo. Los menores de 18 años no tienen que acudir a la audiencia de asilo, a menos que el comisionado se lo pida. Para una audiencia virtual (en línea), procure que alguien cuide de sus hijos pequeños lejos de donde usted se encuentra. Es posible que hable de situaciones que le resulten perturbadoras. Es posible que no quiera que sus hijos lo escuchen. Si es posible, deje que sus hijos vayan al colegio o se queden con un pariente o con alguna amistad, u organice una guardería para ellos.

Representante designado

La IRB-RPD nombra a un representante designado para los menores o adultos que no pueden entender el proceso de asilo. El representante designado ayuda a la persona a comprender lo que está sucediendo y la apoya para que presente el mejor caso posible. El representante designado puede ser interrogado durante la audiencia. La IRB-RPD suele elegir a uno de los padres como representante designado cuando la solicitud de un menor forma parte de la de sus padres.